La congresista Mercedes Cabanillas señaló que el establecimiento de sanciones administrativas para los docentes y el personal administrativo del sector Educación que incurran en delitos de terrorismo, instigación, reclutamiento de personas y apología del terrorismo, responde a una necesidad sentida por la comunidad educativa y por la sociedad.
Al respecto, dijo que el Decreto Supremo N° 019-2010-ED, aprobado por el Poder Ejecutivo, responde a la preocupación de que la educación de los niños y jóvenes pueda verse expuesta a la propaganda del terrorismo.
En ese sentido, manifestó que es una obligación de las autoridades actuar en función de las necesidades de la sociedad y del interés general que busca una educación libre, democrática, integral y formadora de valores para nuestros educandos.
De acuerdo con el citado decreto supremo, publicado hoy, los docentes que participen en actos de proselitismo, instigación, reclutamiento o apología del terrorismo serán destituidos, y no podrán reingresar al magisterio.
El referido dispositivo, refrendado por el presidente Alan García y el ministro de Educación, José Antonio Chang, establece además diversas medidas administrativas aplicables al personal docente y administrativo del sector, cualquiera sea su régimen laboral y contractual.
Cabanillas manifestó que el ejercicio de la profesión docente debe realizarse dentro del respeto a los derechos humanos, a los derechos y a la dignidad de las personas y al desarrollo de una cultura de paz y de solidaridad, como establece la norma.
La legisladora recordó que hace poco más de dos años presentó en el Congreso un proyecto de ley por el cual los profesores que hayan sido condenados por apología al terrorismo o terrorismo deben ser separados definitivamente de sus cargos o destituidos.
Dicha iniciativa fue aprobada por unanimidad por la Comisión de Defensa Nacional del Congreso y está a la espera de que la Comisión de Educación se pronuncie o, en todo caso, se exonere de comisión para ser debatida en el Congreso de la República.
La medida propuesta por Cabanillas, alcanza, igualmente, al personal administrativo del sector Educación que haya cometido el delito de apología del terrorismo o terrorismo.
Según la iniciativa de la legisladora, si las autoridades encuentran indicios razonables de la veracidad de los hechos denunciados, procederán a separar al profesor de sus funciones y ponerlo a disposición de la oficina de personal, mientras dure el proceso administrativo.
Según la norma, el profesor o personal administrativo que haya sido sancionado con separación definitiva o destitución del servicio, no podrá reingresar al servicio público.
Igualmente, el proyecto de ley modifica el numeral 2 del artículo 316 del Código Penal para señalar, en el caso del delito de apología del terrorismo, que: “Si el agente tuviere la condición de docente, auxiliar y otra vinculación académica, que le confiera autoridad sobre la víctima o se realiza a través de los medios de comunicación social o mediante el uso de tecnologías de información y comunicaciones como internet u otros análogos, la pena será no menor de ocho ni mayor de 15 años.” Fuente: ANDINA