El Comité de Evaluación de la Dirección Regional de Educación de Lima Metropolitana, recuerda a los profesores clasificados que aprobaron con nota 14 o más en la reciente Prueba Nacional clasificatoria del 21 de noviembre para el Programa de Incorporación del 2do al 5to Nivel de la Carrera Pública Magisterial (CPM), deberán presentar sus respectivos expedientes desde hoy hasta el 17 de diciembre del presente año, para participar en la segunda etapa de la evaluación específica del concurso, dispuesta según Resolución Ministerial Nº 0200-2010-ED.
Dicha presentación se realiza a través de un Formulario Único de Trámites (FUT) en Mesa de Partes de la Unidad de Gestión Educativa Local o de la Municipalidad según corresponda. Para presentar el expediente no es necesaria la presencia física del postulante, pudiendo una persona autorizada por éste, mediante una carta simple, realizar dicho trámite.
Los profesores designados, encargados y/o destacados en otras jurisdicciones que resulten clasificados tendrán que presentar necesariamente su expediente, para la segunda etapa del proceso, en la instancia de gestión local o regional (DRE/UGEL) o la Municipalidad a la que pertenezca la plaza de la cual son titulares.
El trámite de presentación de expedientes y el fedateado de los documentos es totalmente gratuito, tanto en la UGEL y Municipalidad.
Dicho expediente debe contener necesariamente:
a. Copia de la constancia de clasificación de la primera etapa, la que será impresa de la página web del Ministerio de Educación.
b. Copia fedateada del D.N.I.
c. Declaración Jurada de poseer título pedagógico.
d. Copia fedateada del Carnét del Colegio de Profesores del Perú o de la solicitud de habilitación o inscripción adjuntando copia del documento que acredita el pago correspondiente.
e. Autorización para que el Comité de Evaluación lo ubique en el nivel magisterial que le corresponda, en caso de no cumplir con alguno de los requisitos establecidos. Según formato del Anexo 01 que se puede apreciar en el reglamento del presente concurso.
f. Informe Escalafonario con una antigüedad máxima de hasta cuatro (04) meses, que indique expresamente los años de servicios efectivos en la Carrera del Profesorado.
g. Certificado de la evaluación de responsabilidad en el desempeño.
h. Toda la documentación requerida para la calificación de los aspectos señalados en cada uno de los criterios de evaluación.
Concluido el proceso de recepción de expedientes estos serán remitidos al Comité de Evaluación de la DRELM, en el plazo que señale el cronograma.
El Comité de Evaluación evaluará los expedientes con la finalidad de publicar el listado final de los profesores aptos por nivel magisterial, debiendo observar cualquier irregularidad advertida y/o rectificar el nivel magisterial al que postula el profesor, en caso no cumpla con los requisitos establecidos para cada uno de ellos.
En caso de detectar documentos adulterados o falsos, debe informar inmediatamente de dicha situación a la instancia correspondiente (DRE, UGEL, Municipalidad).
Si el nivel magisterial alcanzado en la Ley del Profesorado por el postulante, señalado en el Informe Escalafonario, es diferente al nivel magisterial señalado por el postulante en su inscripción para la primera etapa, se considera válido para efectos de la postulación el nivel magisterial que señala el Informe Escalafonario.
De presentarse esta situación el Comité de Evaluación está en la obligación de informar el caso a la instancia correspondiente (DRE, UGEL o Municipalidad), con la finalidad de que se evalúe y determinen las responsabilidades del caso.
Los postulantes podrán, dentro del plazo que determine el cronograma, presentar sus reclamos pertinentes, los cuales deberán ser evaluados y resueltos por el Comité de Evaluación, antes de publicar el listado final de profesores aptos por nivel magisterial para participar en el Programa.
Fuente: Resolución Ministerial Nº 0131-2010-ED y su Reglamento correspondiente.