El ministro de Transportes, Enrique Cornejo, afirmó hoy que la norma que aprobó el Congreso de la República para sancionar a los peatones imprudentes en el país constituye un “apoyo muy importante” para mejorar la seguridad vial y generar orden en las diferentes vías locales.
Tras saludar la decisión del Parlamento, el funcionario insistió en que las sanciones a los peatones no solo deberían ser pecuniarias, sino también educativas y de trabajo social, que –según dijo- tendrían efectos muy positivos para un cambio de conducta en los malos peatones.
“Las sanciones económicas, de trabajo social o de carácter educativo en otros países están dando muy buenos resultados (…) Los peatones tienen una gran responsabilidad en los accidentes, así lo dicen claramente las estadísticas”, subrayó Cornejo Ramírez.
Luego de presentar en el centro de monitoreo GPS para el control en carreteras, el titular del sector Transportes consideró que en el país existe, sobre todo en la población adulta, una mayor resistencia al cambio de conducta en relación con el tránsito por la vía pública.
Por ello, promover en los niños una cultura vial y de respeto a las normas está entre las principales tareas del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), mediante el tratamiento constante de estos temas en las instituciones educativas del país, resaltó.
“Caminar de forma temeraria por la pista o no usar el puente peatonal ha llevado incluso a que se coloquen, por seguridad, semáforos en algunos sectores de la Panamericana Norte, pese a que en una carretera no debe haber semáforos”, manifestó el ministro.
El Parlamento aprobó una norma que establece sanciones de amonestación y multa, no solo para las empresas y los conductores, sino también para peatones, propietarios, dadores y receptores de carga, y en general, todos para los actores involucrados en el tránsito terrestre.
Así quedó acordado luego de debatir la iniciativa presentada por el Poder Ejecutivo que planteaba establecer la responsabilidad vinculada a las condiciones técnicas del vehículo por efecto de las condiciones de operación del servicio de transporte, así como incluir a los peatones como sujetos pasibles de sanciones por infracciones a las normas. Fuente: ANDINA