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miércoles, 30 de junio de 2010

Fallo del TC que permite creación de filiales universitarias atenta contra calidad educativa, opinan

El ex decano del Colegio de Abogados de Lima (CAL), Walter Gutiérrez, sostuvo que la reciente sentencia del Tribunal Constitucional que autoriza que las universidades puedan crear facultades y filiales fuera de su ámbito departamental, en la práctica legaliza seudo universidades carentes de calidad.

Gutiérrez, quien es promotor de un anteproyecto de ley que limita la creación de nuevas facultades y filiales, sostuvo que con esta sentencia se ha convalidado un daño enorme al sistema educativo, al darle “patente de corso” a cerca de medio centenar de seudocentros universitarios.

“Parece que el Tribunal desconoce que en estos momentos más de 300 mil estudiantes universitarios están siendo estafados a través de filiales informales y de la llamada educación a distancia”, señaló.

El ex decano dijo que no estaba en contra de la actividad privada en el ámbito universitario, pero esto no puede hacernos perder de vista que la educación al mismo tiempo que un derecho fundamental es un servcio público básico, que compromete no solo la vida de cientos de miles de jóvenes, sino el desarrollo del país, por lo que debe ser estrictamente controlado por el Estado.

Escudados en que abrir filiales constituye el ejercicio del derecho a la iniciativa privada y a la libertad de empresa, agregó, no puede permitirse una educación sin control y sin calidad.

“ No puede olvidarse que una de las tareas del Tribunal es buscar la compaginación de los derechos fundamentales de los particulares y con los de la sociedad, y en esta sentencia claramente no se logra este objetivo”, refirió.

Agregó que la sentencia es un duro golpe a todo esfuerzo por mejorar la calidad educativa.

“El Tribunal pierde de vista que el derecho a la educación comprende también el derecho a una educación de calidad, y que en buena cuenta junto con el acceso a la educación constituyen el contenido esencial de este derecho; es al mismo tiempo un servicio público y en tal condición inevitablemente sujeto a una estricta regulación”, subrayó.

Sin embargo, Gutiérrez señaló que la sentencia tiene algunos aspectos positivos como el reconocer que el Conafu, por su composición y naturaleza, no cumple con el principio de imparcialidad, para autorizar filiales, asimismo consideró positivo la necesidad que expresa el Tribunal de fortalecer la evalución externa de los centros universitarios. Fuente: ANDINA

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