Con la vigencia de la Ley de Protección y Defensa del Consumidor, aprobada por el Congreso y promulgada el 01 del presente mes por el presidente de la República, Alan García Pérez, nuestro país ha dado otro paso fundamental en su marcha progresiva hacia la modernidad, en un mundo competitivo en el que se garantizan los derechos de los ciudadanos en los mercados de bienes y servicios y, a la vez, se impulsa e incentiva la formalización y el cumplimiento de los estándares de calidad por parte de los agentes productores y proveedores.
Como bien lo ha señalado el Jefe del Estado, los peruanos por primera vez contamos con una norma integral, producto de estudios especializados y un amplio debate, que servirá, en primer lugar, para proteger a la sociedad de cualquier abuso o arbitrariedad, estableciendo los mecanismos y procedimientos adecuados que hagan prevalecer los legítimos derechos del consumidor.
Entre los beneficios de la nueva ley, el Dignatario destacó el establecimiento del derecho a la información adecuada y oportuna que le asiste a toda persona antes de comprar o adquirir un bien o servicio, tal como ocurre en los países desarrollados, donde la formalidad y la cultura del respeto al consumidor han alcanzado un desarrollo óptimo.
En este punto tendrá especial importancia el denominado “libro de reclamaciones” que deberán tener obligatoriamente todas las empresas. Este mecanismo permitirá que el cliente deje de ser un sujeto pasivo y tendrá el derecho de dejar constancia de hacer que su reclamo se resuelva con justicia y equidad ante la autoridad competente.
En el plano de la información al cliente, los negocios también tendrán la obligación legal de dar a conocer con transparencia todo lo relacionado con la calidad y proveniencia de los productos puestos del mercado, los costos reales y las formas de pago.
Se trata también de una norma asociativa, pues garantiza la plena libertad de los ciudadanos de organizarse en entidades o instituciones representativas y de asesoramiento para cautelar sus derechos.
En tal sentido, el código, que se enmarca en la nueva ley, consagra el principio de la buena fe como criterio de actuación para todos los actores, no solamente para los consumidores, sino también para los proveedores y las asociaciones de consumidores.
De ese modo, se propende que la producción nacional de bienes y servicios eleve y mejore sus estándares de competitividad y calidad, y se cumpla así con la finalidad social y económica de una economía donde el valor de la persona humana y su bienestar sea un fin y no un medio.
Al entrar en vigencia esta nueva norma se espera que tanto las instancias gubernamentales pertinentes, así como las asociaciones de consumidores y, en general, todos los sectores participen de una eficaz campaña de difusión y educación en beneficio de la ciudadanía. Fuente: EL PERUANO