El presidente del Congreso, César Zumaeta, presentó un proyecto de ley que prohíbe el pago de indemnización por despido arbitrario tras la conclusión de la designación para desempeñar cargos de confianza en la administración pública.
La propuesta legal precisa que el cese en el desempeño de cargos de confianza en las entidades públicas no constituye despido arbitrario, quedando prohibido el pago de indemnización por dicho concepto a servidores o funcionarios públicos, bajo responsabilidad civil, penal y administrativa.
En ese sentido, la iniciativa plantea que los funcionarios y servidores públicos designados para cargo de confianza presentarán una renuncia irrevocable al cargo que vienen ejerciendo, el mismo día de su designación.
De acuerdo a la exposición de motivos, no estarán comprometidos en los alcances de este dispositivo lo miembros de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú, pero sí el personal civil de estas instituciones, salvo disposición contraria de sus respectivas leyes orgánicas.
En cuanto al análisis costo-beneficio, se señala que la aprobación del presente proyecto evitará las maniobras legales e interpretaciones parcializadas que permiten obtener pagos irregulares bajo la consideración de beneficios laborales.
“Esto significa que tajantemente se elimina pago de indemnizaciones por supuestos despidos arbitrarios de funcionarios de confianza en los organismos públicos (...) la idea es que ya no se use ningún tipo de triquiñuela para aducir que hay un despido arbitrario".
Indicó que corresponderá a la Comisión de Trabajo del Parlamento mejorar o ampliar el proyecto de ley; para incluir a todas las empresas públicas y entidades del Estado en la referida disposición.
“Ya en el debate de la Comisión de Trabajo se tiene que mejorar este proyecto de ley, por ejemplo para incluir a las empresas públicas como el Banco de la Nación, Petroperú, Electroperú entre otras, esta es una propuesta que tiene que ser ampliada”, enfatizó.
La iniciativa establece una prohibición expresa que cautela los recursos públicos a fin de que puedan ser utilizados en beneficio de las grandes mayorías, y permitirá la preservación del servicio público entendido como una contribución al Estado, sin procurar beneficios personales. Fuente: ANDINA