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sábado, 27 de agosto de 2011

Ejecutivo regula la contratación de personal altamente calificado

DRELM - 27/08/2011.- El Gobierno reguló hoy la contratación de personal altamente calificado en las entidades públicas, bajo los principios de mérito y transparencia, quienes estarán exceptuados del límite remunerativo máximo fijado para el sector público.

En un Decreto de Urgencia N° 051-2011, publicado hoy en el diario oficial El Peruano, establece que las entidades públicas que los requieran, deben sustentar su pedido conforme a lo establecido en la presente norma, y ser autorizados por el Ministerio de Economía y Finanzas.

La contratación de este personal se encuentra exceptuada del monto máximo establecido en el artículo 2 del Decreto de Urgencia 038-2006, y otros, que establece que ningún funcionario público puede ganar más de seis Unidades de Ingreso del Sector Público.

El profesional contratado bajo esta nueva normativa debe contar con experiencia de gestión de la materia o actividad requerida; tener grado académico de maestría o doctorado; y no estar inhabilitado administrativa o judicialmente para ejercer función pública.

Corresponde a las entidades que solicitan la contratación de este personal verificar los requisitos establecidos, bajo responsabilidad.

El decreto establece que la contratación de estos profesionales se efectúa en el marco del Fondo de Apoyo Gerencia del Sector Público (FAG) creado por decreto ley 25650.

Corresponde al gerente del FAG determinar los límites de contratación y la escala de montos por concepto de contraprestación, bajo tres criterios.

El primero es responsabilidad, según la magnitud de tareas, presupuesto y personal a su cargo; el segundo nivel jerárquico, por el nivel de decisión y ubicación del puesto dentro de la entidad; y tercero, por los requisitos para el puesto, tales como nivel de especialización, experiencia, habilidades y competencias.

Las entidades contratantes deberán informar trimestralmente al MEF sobre las metas y logros obtenidos por dicho personal.

Si los cargos para los que han sido contratados este personal se encuentran ocupados por funcionarios o servidores de carrera, corresponderá la rotación de estos a otra unidad dentro de la misma entidad, sin afectar sus ingresos y categoría.

Este programa se financia con cargo a los recursos de la reserva de contingencia; y el presente decreto tendrá una vigencia hasta el 31 de diciembre del 2011.

La norma dispone que el MEF, en coordinación con la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir), emita las normas complementarias que resulten necesarias para la mejor aplicación de la presente norma.

Asimismo, se precisa que el decreto no es aplicable para el caso de viceministro y secretarios generales.

En sus fundamentos, la norma considera conveniente promover la incorporación de profesionales altamente capacitados “que consoliden el proceso de modernización y descentralización del Estado, y atiendan la agenda pendiente en materia de competitividad, calidad del gasto público e inclusión social”.

Para ello se busca dar incentivos que permitan contratar y procurar la permanencia de dichos profesionales, evitando su traslado al sector privado, por no contar con una retribución económica acorde con su calificación profesional y las responsabilidades que asume.

“De no implementarse dicha medida, se afectaría negativamente la capacidad operativa del Estado, al no poder contar con una mejor plana profesional (…) que garantice una gestión institucional eficiente”, indica la parte considerativa de la norma.

El decreto de urgencia es refrendado por el presidente Ollanta Humala Tasso; el titular del Consejo de Ministros, Salomón Lerner Ghitis; y el titular de Economía, Miguel Castilla. Fuente: ANDINA

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